Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo

Más
3 años 6 meses antes #63525 por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Estimada Rosario:

Entiendo que su hermana tiene reconocida una pensión de orfandad pero no tiene reconocida una pensión contributiva de incapacidad permanente.
Si eso es así, si tiene derecho a asignación familiar por hijo a cargo. Son compatibles.
No necesita ninguna sentencia, puede pedir cita en el CAISS más próximo a su domicilio para que se lo confirmen y le ayuden a tramitarlo.

Un saludo cordial,

María José Alonso Parreño
  • Rosario
  • Autor del tema
3 años 6 meses antes #63523 por Rosario
Respuesta de Rosario sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Buenos días
Mi hermana de 56 años tiene actualmente reconocida una pensión de orfandad permanente por tener reconocida una discapacidad del 65% e incapacidad permanente para trabajar. Me gustaría saber si es compatible con la pensión de orfandad la prestación por hija a cargo como huérfana absoluta y, si son compatibles, como afectará a la pensión de orfandad que contempla una cuantía por un complemento a mínimos.
Si además tiene sentencias a favor de la compatibilidad entre ambas, pensión y prestación, le agradecería que la compartiera con nosotras (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.). 
Muchísimas gracias
Más
8 años 1 mes antes #59926 por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Estimada Malu:

Ya le he enviado la sentencia.

Un saludo cordial

María José Alonso Parreño
  • Malu
  • Autor del tema
8 años 1 mes antes #59917 por Malu
Respuesta de Malu sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
María José le doy las gracias por la ayuda.

Así es, mi hermano no ha trabajado nunca, y no estaba incapacitado, le incapacitaron al evaluarle cuando pedimos la pensión de orfandad pero no recibe pensión por incapacidad.
Puede enviarme la sentencia al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

¡Le agradezco la ayuda de veras!
Más
8 años 1 mes antes #59891 por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Estimada Malu:

Entiendo que su hermano nunca ha trabajado y que la evaluación de incapacidad permanente absoluta la hicieron únicamente para que la orfandad no se extinguiera por edad. Pero que no rwcibe una pensión de incapacidad permanente absoluta.
Si que puede trabajar dentro de sus posibilidades. Le incluyo enlace a web de la seguridad social donde lo explican:

www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadore...ibilidades/index.htm
En el caso de su hijo la pensión de orfandad no mengüa con independencia de los ingresos que consiga trabajando. Le incluyo enlace a web de la Seguridad Social donde se lee lo siguiente:
«Si el huérfano es menor de 21 años o tiene reducida su capacidad de trabajo en un porcentaje valorado en un grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, la pensión se abonará con independencia de la cuantía de los ingresos que obtenga derivados de su trabajo.»
www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadore...esInc28528/index.htm
No la pierde por trabajar y tampoco porque le despidan.
Efectivamente, su hermano, si no estaba incapacitado civilmente podría haber cobrado la prestación por hijo a cargo al fallecer su madre. Creo que puede pedir que se la paguen con efecto retroactivo desde que falleció su madre presentando una sentencia que le enviaré a su correo, que le ruego me facilite. Es la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Canarias, Santa Cruz de Tenerife (Sala de lo Social) Sentencia de 24 marzo 1998.
En cuanto a la prestación familiar por hijo a cargo y el trabajo
Se considera que el hijo o el menor "no está a cargo" del beneficiario:
Si las rentas percibidas por su trabajo o por una prestación sustitutiva del salario superan el 100% del Salario Mínimo Interprofesional que en el año 2018 son 10.302,60€ al año en (14 pagas) se considera que ya no depende de usted. Le incluyo enlace a web de la Seguridad social sobre este punto.
www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadore...iciar27930/index.htm
En Downciclopedia explicamos todas estas prestaciones. Le adjunto enlace:
www.downciclopedia.org/area-juridica-jur...as-ayudas-dinerarias
Un saludo cordial,

María José Alonso Parreño
  • Malu
  • Autor del tema
8 años 1 mes antes #59880 por Malu
Buenas tardes, en primer lugar agradecerles la labor que hacen asesorando.

Vivo en Madrid, mi padre falleció hace un año (mi madre anteriormente) y mi hermano de 20 años y con una discapacidad intelectual del 65% quedó huérfano. Le reconocieron la pensión de orfandad y en la resolución le evaluaron como incapacitado permanente absoluto, ¿qué quiere decir esto? ¿Significa que no puede trabajar? Como ahora sale del colegio de educación especial estoy mirando cursos y centros donde pueda estudiar para el futuro pues al tener un retraso mental leve tanto en el colegio como yo opinamos que podría desempeñar trabajos adaptados sin ningún problema. Fui a la seguridad social a preguntar pero no me supieron contestar con exactitud. También quisiera preguntar, si trabajara y cobrara un sueldo, ¿sería compatible con la pensión que recibe ahora o se la quitarían? ¿Y si trabaja y le despiden? ¿Volvería a cobrar la pensión por orfandad?

Por otro lado, mi padre cobraba la prestación por hijo a cargo. Cuando falleció y fui a informarme me dijeron que cuando yo fuera la tutora de mi hermano (todavía estoy pendiente de que salga el juicio) podría pedir la prestación por hijo a cargo. Mi pregunta es, ¿no puede acceder el huérfano absoluto a ser beneficiario de la prestación por hijo a cargo? Es decir, que mi hermano compatibilizara estas dos prestaciones (orfandad e hijo a cargo). Y de no ser así, ¿tiene algún tipo de retroactividad esta prestación? Yo llevo queriendo pedirla desde que falleció mi padre hace más de un año pero al no ser su tutora me dicen que no es posible. Cosa que no entiendo porque él sigue estando a mi cargo aunque no sea su tutora todavía y la que paga sus gastos soy yo. Creía que esto tardaría menos (tal vez solo unos meses, pero llevamos más de un año) y ese dinero nos vendría muy bien para sobretodo ahorrar por su futuro.

De igual modo, entiendo que si mi hermano trabaja dejaría de cobrar la prestación por hijo a cargo, ¿cierto?

Se que son unas cuántas cuestiones pero he ido varias veces a la seguridad social y me dicen “que es un caso especial” o “que nunca habían visto algo así” y cosas de ese estilo y no me terminan de sacar de dudas.

¡Muchas gracias!
Moderadores: María José Alonso