Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo

  • Juan Carlos
  • Autor del tema
11 meses 3 semanas antes #64127 por Juan Carlos
Respuesta de Juan Carlos sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Muchas gracias 
Más
11 meses 3 semanas antes #64126 por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Buenas tardes Juan Carlos.

Le respondo a su correo particular.

Un saludo cordial

María José Alonso Parreño
  • Juan Carlos
  • Autor del tema
11 meses 3 semanas antes #64125 por Juan Carlos
Respuesta de Juan Carlos sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
siguiente:

Para acceder a la asignación económica por hijo a cargo, en

el caso de huérfano de ambos progenitores, mayor de 18 años con un

grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, es necesario que:

no
hayan sido incapacitados judicialmente y conserven su capacidad de obrar,

y

 

acredite
que, cuando falleció el último de los progenitores o adoptantes, ya

existían las dolencias motivadoras de la discapacidad que se declara

después de ese fallecimiento. En este sentido, cuando no se trate de

pensionista de orfandad por incapacidad, el INSS podrá entender, con el

asesoramiento de la Unidad Médica provincial que concurre este requisito,

en consideración a las dolencias y padecimientos del solicitante, siempre

que de su etiología y naturaleza se pueda médicamente deducir su existencia

antes de que falleciese el último progenitor o adoptante.

El art. 224.1 LGSS,

establece que tendrán derecho a la pensión de orfandad, en régimen de igualdad,

cada uno de los hijos e hijas del causante o de la causante fallecida,

cualquiera que sea la naturaleza de su filiación, siempre que, en

el momento de la muerte, sean menores de veintiún años o estén

incapacitados para el trabajo. La Orden de 13 de febrero de 1967 señala que la

reducción de la capacidad de trabajo debe ser en un porcentaje valorado en un

grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

La incapacidad para el trabajo se debe acreditar en el momento de

la muerte del causante.

No obstante, en caso de que la persona con derecho a pensión de

orfandad, acredite la situación de incapacidad para el trabajo con

posterioridad al reconocimiento de la pensión, pero antes de

producirse alguna de las causas de extinción de la misma, seguirá manteniendo

el derecho a pensión más allá de la edad límite establecida al efecto. En ese

sentido, el art. 21.1.a) de la Orden de 13 de febrero de 1967, señala que la

pensión de orfandad se extinguirá por cumplir la edad mínima fijada en cada

caso, salvo que, en tal momento, tuviera reducida su capacidad de trabajo en un

porcentaje valorado en un grado de incapacidad permanente absoluta o gran

invalidez.

Reconocimiento médico y calificación del huérfano:

Es competencia del INSS y función del EVI, cualquiera que sea la

Entidad gestora o colaboradora que cubra la contingencia de que se trate,

evaluar la incapacidad para el trabajo a efectos del reconocimiento de la

condición de beneficiario del derecho a las prestaciones económicas por muerte

y supervivencia (artículos 1.1.f) y 3.1.e) del RD 130/1995 de 21 de julio).

Un correo de la seguridad social que no entiendo 
Más
1 año 3 días antes #64119 por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Buenos días Juan Carlos.

Cuando llegue el momento, la Seguridad Social tendrá que aplicar la ley, que ya conoce.

Creo que seguir preguntando no le va a aportar nada que le sirva, pues algunas de esas personas que contestan el teléfono no parece que sepan informarle correctamente.

Un saludo

María José Alonso Parreño
  • Juan Carlosñ
  • Autor del tema
1 año 4 días antes #64118 por Juan Carlosñ
Respuesta de Juan Carlosñ sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
He llamado varias veces a diferentes provincias de España y en unas me dicen que es como usted dice, el 20% de cada uno más el incremento de la viudedad y otros me dicen que solamente la viudedad. Y también me han dicho que al haber trabajado anteriormente igual no me daban la orfandad, al pasar el tribunal médico.
Más
1 año 5 días antes #64116 por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Estimado Juan Carlos:

Si ambos han cotizado a la seguridad social si.

Un saludo

María José Alonso Parreño
Moderadores: María José Alonso