Buenos días Abel:Cuando falte su padre, si también cotizó su padre a la Seguridad Social, su hermano cobrará una pensión de orfandad por su padre y otra por su madre.La pensión de viudedad de su padre se repartirá proporcionalmente entre los beneficiarios de la pensión de orfandad de su madre (no sé si el es el único hermano con derecho a ella).Si su hermano no está incapacitado podrá cobrar la prestación familiar por hijo a cargo. Si está incapacitado la cobrará su tutor.La pensión de jubilación de su padre ya no la percibirá nadie.Un saludo cordial, María José Alonso Parreño