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Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
- María José Alonso
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8 meses 4 semanas antes #64187
por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Si Juan Carlos.
Cuando usted sea huérfano absoluto, una vez declarado con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, tendrá una pensión de orfandad calculada como usted señala.
Un saludo cordial,
María José Alonso Parreño
Cuando usted sea huérfano absoluto, una vez declarado con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, tendrá una pensión de orfandad calculada como usted señala.
Un saludo cordial,
María José Alonso Parreño
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- Juan Carlos
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9 meses 9 horas antes #64185
por Juan Carlos
Respuesta de Juan Carlos sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
No quiero poner en riesgo la pensión de orfandad. No merece la pena para cotizar a media jornada y luego me quedé muy poco. Mi padre tiene una pensión alta de 2100€ y juntos con la prestación por hijo a cargo me van a quedar cerca de dosmil euros. Según usted me dijo con el 20% de cada progenitor y el 52% de la base reguladora más alta. ¿es así no?
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- María José Alonso
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9 meses 10 horas antes #64184
por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Buenos días Juan Carlos.
Entiendo que la carta de la Seguridad Social a la que se refiere, es una respuesta sobre la prestación familiar por hijo a cargo que percibe su padre o su madre.
En cuanto a la pensión de orfandad, cuando usted la solicite, un tribunal médico tendrá que declarar si usted está en situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Si para entonces está trabajando es más improbable que lo declaren.
Según la doctrina del Tribunal Supremo recogida en la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social (Pleno), nº 544/2024, de 11 de abril 2024, recurso núm. 197/2023, dicho Tribunal considera que “los trabajos compatibles con las prestaciones de incapacidad allí determinadas (Incapacidad Permanente Absoluta -IPA- y Gran Invalidez -GI-) autorizados por dicha norma son aquellos de carácter marginal y de poca importancia que no requieran darse de alta, ni cotizar por ellos a la Seguridad Social; es decir los residuales, mínimos y limitados y ,en manera alguna, los que constituyen la propios que se venían realizando habitualmente ni cualesquiera otros que permitan la obtención regular de rentas y que, como se ha precisado, den lugar a su inclusión en un régimen de la Seguridad Social.”
Le facilito un enlace a un comentario a dicha sentencia de Cavas Martínez, Faustino (Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Murcia.) en la Revista de Jurisprudencia laboral: www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_...U-L-2024-00000002690
Las personas que trabajan en un centro especial de empleo son dadas de alta en la Seguridad Social, así que si dicho trabajo durara en el tiempo podría ser un problema para conseguir la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
No sé que cuantía sería más elevada (si el salario o la pensión de orfandad), eso yo no lo puedo calcular, ni tampoco sé si usted preferiría trabajar por participar en la sociedad trabajando y por tener compañeros de trabajo, o prefiere no arriesgarse a tener problemas con la pensión de orfandad.
Un saludo cordial
María José Alonso Parreño
Entiendo que la carta de la Seguridad Social a la que se refiere, es una respuesta sobre la prestación familiar por hijo a cargo que percibe su padre o su madre.
En cuanto a la pensión de orfandad, cuando usted la solicite, un tribunal médico tendrá que declarar si usted está en situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Si para entonces está trabajando es más improbable que lo declaren.
Según la doctrina del Tribunal Supremo recogida en la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social (Pleno), nº 544/2024, de 11 de abril 2024, recurso núm. 197/2023, dicho Tribunal considera que “los trabajos compatibles con las prestaciones de incapacidad allí determinadas (Incapacidad Permanente Absoluta -IPA- y Gran Invalidez -GI-) autorizados por dicha norma son aquellos de carácter marginal y de poca importancia que no requieran darse de alta, ni cotizar por ellos a la Seguridad Social; es decir los residuales, mínimos y limitados y ,en manera alguna, los que constituyen la propios que se venían realizando habitualmente ni cualesquiera otros que permitan la obtención regular de rentas y que, como se ha precisado, den lugar a su inclusión en un régimen de la Seguridad Social.”
Le facilito un enlace a un comentario a dicha sentencia de Cavas Martínez, Faustino (Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Murcia.) en la Revista de Jurisprudencia laboral: www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_...U-L-2024-00000002690
Las personas que trabajan en un centro especial de empleo son dadas de alta en la Seguridad Social, así que si dicho trabajo durara en el tiempo podría ser un problema para conseguir la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
No sé que cuantía sería más elevada (si el salario o la pensión de orfandad), eso yo no lo puedo calcular, ni tampoco sé si usted preferiría trabajar por participar en la sociedad trabajando y por tener compañeros de trabajo, o prefiere no arriesgarse a tener problemas con la pensión de orfandad.
Un saludo cordial
María José Alonso Parreño
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- Juan Carlos
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9 meses 1 día antes #64183
por Juan Carlos
Respuesta de Juan Carlos sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Me ofrecieron un empleo para noviembre de 7 horas semanales con posibilidad de ampliar a media jornada.Tengo una carta física de la seguridad social donde se me ha dicho que puedo trabajar aunque supere el salario mínimo porque tengo unas deducciones de 9750? y que no superaría el salario mínimo. Me llamaron para trabajar media jornada en un centro especial de empleo y quisiera saber cómo me afecta a una posible pensión de orfandad . ¿Podría pedir la orfandad a pesar de trabajar media jornada? ¿O es mejor que no trabaje y esperar a que ne den la orfandad que sería más elevada? Un cordial saludo y lamento molestarla otra vez
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- Juan Carlos
- Autor del tema
9 meses 2 días antes #64182
por Juan Carlos
Respuesta de Juan Carlos sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Tengo una carta física de la seguridad social donde se me ha dicho que puedo trabajar aunque supere el salario mínimo porque tengo unas deducciones de 9750? y que no superaría el salario mínimo. Me llamaron para trabajar media jornada en un centro especial de empleo y quisiera saber cómo me afecta a una posible pensión de orfandad . ¿Podría pedir la orfandad a pesar de trabajar media jornada? ¿O es mejor que no trabaje porque la orfandad más la prestación por hijo a cargo será superior?
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- María José Alonso
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9 meses 1 semana antes #64176
por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Pensión de orfandad compatible con hijo a cargo
Buenos días Juan Carlos.
Ya le contesté por correo electrónico que, lo que tiene por escrito es lo correcto.
Un saludo cordial
María José Alonso Parreño
Ya le contesté por correo electrónico que, lo que tiene por escrito es lo correcto.
Un saludo cordial
María José Alonso Parreño
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